# El artículo 50 del Reglamento de IA de la UE y el email marketing

URL canónica: https://brew.new/es/blog/eu-ai-act-article-50-email-marketing
Autoría: Philip Sørensen
Publicado: 2026-10-07
Actualizado: 2026-10-07

El artículo 50 del Reglamento de IA de la UE es la norma de transparencia para el contenido generado con IA. Obliga a las empresas que crean herramientas de IA generativa a marcar sus resultados como generados por una máquina, y a las empresas que usan esas herramientas a revelar las ultrasuplantaciones (deepfakes) y algunos textos escritos con IA. Se aplica desde el 2 de agosto de 2026.

Para el email, en resumen: un email promocional redactado con IA no necesita etiqueta. Una imagen fotorrealista generada con IA de una persona, un lugar o un producto que los suscriptores podrían tomar por real, probablemente sí.

Esto es una lectura práctica del reglamento y de las directrices de la Comisión, no asesoramiento jurídico. Si tus emails están cerca de alguno de los límites que se trazan aquí, consulta a tus asesores legales.

## Puntos clave

- El artículo 50 se aplica desde el 2 de agosto de 2026. El Ómnibus Digital solo dio a los proveedores de herramientas generativas que ya estaban en el mercado un plazo hasta el 2 de diciembre de 2026 para el marcado legible por máquina. Las obligaciones de los responsables del despliegue no se aplazaron.
- Si usas una herramienta de IA para crear emails, eres responsable del despliegue. El marcado legible por máquina corresponde al proveedor. Las etiquetas visibles te corresponden a ti.
- Los textos promocionales y las descripciones de producto quedan fuera de la norma sobre textos, salvo que hagan afirmaciones sobre salud, seguridad de los consumidores o sostenibilidad.
- Un texto con IA incluido en el ámbito de aplicación no necesita etiqueta si una persona cualificada verificó los datos y una persona o empresa identificada asume la responsabilidad editorial. Las ediciones con IA posteriores a la aprobación anulan esa excepción.
- Las imágenes realistas generadas con IA de personas, lugares o productos que a tu audiencia le parecerían auténticas son ultrasuplantaciones y necesitan una etiqueta visible, como un icono “AI” en la esquina superior derecha.
- Las multas llegan a 15 millones de euros o al 3 % del volumen de negocios mundial anual, la cifra que sea mayor. Para las pymes, la que sea menor.

## Qué dice exactamente el artículo 50

Tres de sus siete apartados importan para la mayoría de los emails; un cuarto, el apartado 1, se aplica a los agentes de IA que responden emails ([texto oficial en EUR-Lex](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=OJ:L_202401689)). El apartado 2 obliga a quienes crean las herramientas:

> “Los proveedores de sistemas de IA, entre los que se incluyen los sistemas de IA de uso general, que generen contenido sintético de audio, imagen, vídeo o texto, velarán por que los resultados de salida del sistema de IA estén marcados en un formato legible por máquina y que sea posible detectar que han sido generados o manipulados de manera artificial.”

El apartado 4 obliga a las empresas que las usan; primero, en el caso de las ultrasuplantaciones:

> “Los responsables del despliegue de un sistema de IA que genere o manipule imágenes o contenidos de audio o vídeo que constituyan una ultrasuplantación harán público que estos contenidos o imágenes han sido generados o manipulados de manera artificial.”

Y después, en el caso del texto:

> “Los responsables del despliegue de un sistema de IA que genere o manipule texto que se publique con el fin de informar al público sobre asuntos de interés público harán público que el texto se ha generado o manipulado de manera artificial. Esta obligación no se aplicará cuando la ley autorice su uso para detectar, prevenir, investigar o enjuiciar delitos, o cuando el contenido generado por IA haya sido sometido a un proceso de revisión humana o de control editorial y cuando una persona física o jurídica tenga la responsabilidad editorial por la publicación del contenido.”

El apartado 5 fija el momento y la forma:

> “La información a que se refieren los apartados 1 a 4 se facilitará a las personas físicas de que se trate de manera clara y distinguible a más tardar con ocasión de la primera interacción o exposición. La información se ajustará a los requisitos de accesibilidad aplicables.”

En el email, la primera exposición es el propio email, así que un aviso en la landing page llega demasiado tarde.

El artículo 3, punto 60, define la ultrasuplantación como “un contenido de imagen, audio o vídeo generado o manipulado por una IA que se asemeja a personas, objetos, lugares, entidades o sucesos reales y que puede inducir a una persona a pensar erróneamente que son auténticos o verídicos”.

## Las fechas y lo que cambió el Ómnibus Digital

Según el [artículo 113](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=OJ:L_202401689), el reglamento “será aplicable a partir del 2 de agosto de 2026”, y el artículo 50 no figura entre las excepciones que enumera.

El Ómnibus Digital sobre la IA, propuesto en noviembre de 2025, se convirtió en el [Reglamento (UE) 2026/1744](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=celex%3A32026R1744), publicado el 24 de julio de 2026 y en vigor tres días después. Aplazó las normas sobre alto riesgo a diciembre de 2027 y agosto de 2028. Para el artículo 50 añadió una única norma transitoria, el artículo 111, apartado 4:

> “Los proveedores de sistemas de IA, entre los que se incluyen los sistemas de IA de uso general, que generen contenido sintético de audio, imagen, vídeo o texto y que se hayan introducido en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 adoptarán las medidas necesarias para cumplir lo dispuesto en el artículo 50, apartado 2, a más tardar el 2 de diciembre de 2026.”

Como [resumió Morgan Lewis](https://www.morganlewis.com/blogs/sourcingatmorganlewis/2026/08/eu-ai-acts-transparency-rules-what-went-into-effect-on-2-august) en agosto, “el periodo transitorio del 2 de diciembre no aplaza las obligaciones de los responsables del despliegue”.

| Fecha | Qué ocurrió o qué se aplica | A quién obliga |
|---|---|---|
| 10 jun. de 2026 | Se publica el [Código de buenas prácticas definitivo](https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/news/commission-publishes-code-practice-marking-and-labelling-ai-generated-content) sobre marcado y etiquetado | Firmantes voluntarios |
| 8 y 9 jul. de 2026 | La Comisión y el Consejo de IA [consideran adecuado el Código](https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/commission-opinion-assessment-code-practice-transparency-ai-generated-content) | Firmantes voluntarios |
| 20 jul. de 2026 | La Comisión adopta las [directrices definitivas sobre el artículo 50](https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/guidelines-transparency-obligations-providers-and-deployers-ai-systems) | Orientaciones no vinculantes |
| 2 ago. de 2026 | Se aplica el artículo 50, incluida la obligación de revelar las ultrasuplantaciones y los textos | Proveedores y responsables del despliegue |
| 2 dic. de 2026 | Plazo de marcado para los sistemas generativos comercializados antes del 2 de agosto de 2026 | Solo los proveedores |

## ¿Proveedor o responsable del despliegue? Dónde encaja un equipo de email

Un **proveedor** desarrolla un sistema de IA, o encarga su desarrollo, y lo comercializa “con su propio nombre o marca”. Un **responsable del despliegue** es cualquiera “que utilice un sistema de IA bajo su propia autoridad” fuera del ámbito personal. Si creas emails con una plataforma de IA, un generador de imágenes o un chatbot, el responsable del despliegue eres tú.

Las [directrices de la Comisión](https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/guidelines-transparency-obligations-providers-and-deployers-ai-systems) resuelven tres dudas habituales:

1. **La plantilla no cuenta como responsable del despliegue aparte.** Lo es la empresa.
2. **La obligación recae en las agencias, no siempre en el cliente.** Una empresa que “se limita a encargar el trabajo a una agencia de publicidad” sin decidir “si la agencia de publicidad usa la IA y cómo” no es responsable del despliegue. Si pides que en la imagen de cabecera aparezca un modelo generado con IA, ya lo has decidido tú.
3. **Si creas tu propia herramienta, eres ambas cosas.**

Estar fuera de la UE no te libra si prevés que se use en la Unión, por ejemplo, “dirigiendo o autorizando su distribución dentro de la Unión”. Según nuestra interpretación, enviar emails a suscriptores de la UE es exactamente eso. Los metadatos tampoco te salvan: los responsables del despliegue “no pueden basarse en el marcado legible por máquina que el proveedor integra en el contenido”, porque los lectores no lo ven.

## Textos escritos con IA: cuándo necesitan etiqueta

Las directrices dividen la norma sobre el texto en tres criterios, y deben cumplirse los tres.

**Que se publique.** El texto llega a “un número indeterminado y bastante grande de lectores potenciales sin relación entre sí”, haya suscripción o no. Los emails de ventas enviados uno a uno y el correo interno no cumplen este criterio. Según nuestra interpretación, una newsletter enviada a una lista grande probablemente sí, y una con un archivo público, casi con toda seguridad.

**Que sirva para informar al público.** Quedan fuera los textos breves que no “comunican de forma sustancial conocimientos, opiniones o hechos”.

**Que trate asuntos de interés público.** La política, la salud pública, la seguridad de los consumidores, el medio ambiente y “cualquier novedad económica, financiera, política, científica o cultural que pueda ser objeto relevante de debate público”.

La mayoría del email marketing no supera el tercer criterio. Las directrices dejan fuera del ámbito de aplicación “el texto manipulado por IA que forme parte de la publicidad o de las descripciones de producto de una empresa (sin incluir las afirmaciones relacionadas, por ejemplo, con la salud, la seguridad de los consumidores o la sostenibilidad)”.

Así que las promociones, los lanzamientos, las series de bienvenida y los recordatorios de carrito no necesitan etiqueta por el texto. Revisa con más atención:

- las newsletters editoriales que resumen noticias, normativa o investigaciones para una lista amplia
- las afirmaciones sobre salud, seguridad o sostenibilidad, como los beneficios de un suplemento, las retiradas de productos o las cifras de emisiones de carbono
- las comunicaciones a inversores de empresas cotizadas, que las directrices consideran incluidas en el ámbito de aplicación

### La excepción por revisión humana

El listón no es simbólico. Revisar significa “el examen deliberado del fondo del contenido por parte de una o varias personas físicas con conocimientos pertinentes”, y “verificar la exactitud del contenido es un requisito mínimo”. No cuentan las correcciones ortográficas, “la mera existencia de una política editorial”, la revisión automatizada ni “una aprobación editorial superficial sin un análisis sustantivo”.

El orden importa: “Por tanto, cualquier intervención sustancial de la IA que se produzca después del proceso de revisión humana o de control editorial anulará la excepción”. Si después de la aprobación le pides a la IA que “haga la introducción más contundente”, necesitas una nueva aprobación.

La identidad y los datos de contacto de quien asuma la responsabilidad editorial “deben hacerse públicos en un lugar fácil de encontrar”. Basta con una línea “Editado por” en el pie de página. El Código de buenas prácticas pide a los firmantes que registren quién tiene esa responsabilidad y cuál es su proceso de revisión, no cada revisión.

## Imágenes con IA: el criterio de la ultrasuplantación

Es en las imágenes donde la mayoría de los equipos de email tendrán que poner etiquetas de verdad.

**“Reales” incluye lo verosímil.** Un sujeto cuenta si se parece a “alguien o algo que existe, que podría existir de forma verosímil o que podría haber existido de forma verosímil en la realidad”. Como [señala Bird & Bird](https://www.twobirds.com/en/insights/2026/european-commission-adopts-final-guidelines-on-ai-act-article-50-transparency-obligations-first-impr), “un retrato fotorrealista de una persona inventada sigue entrando en la definición”. Tu “clienta satisfecha” creada con IA no queda exenta porque nunca haya existido.

**El contexto y la audiencia deciden si induce “a pensar erróneamente” que es auténtico.** El criterio es objetivo y sopesa el realismo, el mensaje, el entorno y la audiencia previsible, así que la intención no importa. La redistribución más allá de esa audiencia no cuenta, y las directrices citan “una newsletter corporativa” como canal limitado.

| Imagen en tu email | ¿Ultrasuplantación? | Fundamento en las directrices de la Comisión |
|---|---|---|
| Persona fotorrealista generada con IA usando tu producto | Probablemente sí | Los avatares y personajes realistas generados con IA cuentan como “personas” |
| Imagen con IA de una celebridad real o de tu CEO | Sí | Entre los ejemplos figuran una celebridad que hace de influencer en un anuncio y un avatar sintético de un CEO |
| Foto de producto con IA que hace que el producto parezca mejor de lo que es | Sí | “puede afectar a la percepción de la audiencia e inducir a error sobre el aspecto real del producto” |
| Foto real del producto sobre un fondo generado con IA | Normalmente no | No es una ultrasuplantación “siempre que el anuncio no pueda inducir a error” |
| Corrección de color, reiluminación, ampliación del fondo o cambio de tamaño con IA | No | Retoques menores para publicidad y envases |
| Escena claramente fantástica (ratones discutiendo por un queso, una esfinge sobre la torre Eiffel) | No | Ambas figuran como ejemplos de lo que no es una ultrasuplantación |
| Ilustración plana, icono o degradado abstracto | No | Nuestra interpretación: no se parece a ningún sujeto real |

No cuentes con el régimen más ligero para las obras “manifiestamente artísticas, creativas, satíricas, de ficción o análogas”. El contenido “exclusivamente informativo o comercial” queda excluido, y un video al estilo de la teletienda con consumidores simulados figura como ejemplo de contenido no creativo. Una etiqueta tampoco hace que una imagen sea lícita: siguen aplicándose las normas sobre publicidad engañosa, los derechos de la personalidad y el RGPD.

## Cómo etiquetar cuando es obligatorio

El [Código de buenas prácticas sobre la transparencia del contenido generado por IA](https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/code-practice-ai-generated-content) es voluntario, y la Comisión señala que adherirse a él “no constituye una prueba concluyente de cumplimiento”. Aun así, es la guía más concreta que existe sobre etiquetado, así que síguela en cualquier caso. Para las imágenes pide:

- un icono o una etiqueta construidos en torno a la sigla “AI” en mayúsculas, como el [icono de la UE](https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/eu-icons-labelling-ai-generated-content), gratuito, con las variantes “AI + GENERATED” y “AI + MODIFIED”
- una ubicación “donde no haya elementos superpuestos que interfieran (por ejemplo, en la esquina superior derecha de una ultrasuplantación de imagen o de video)”
- el icono integrado en el contenido, salvo que haya disponible una superposición equivalente
- compatibilidad con lectores de pantalla y alto contraste

En el email, nosotros haríamos tres cosas:

1. **Incrusta el icono en el archivo de imagen**, arriba a la derecha. Las superposiciones con CSS se ven de forma desigual según el cliente de correo, y una etiqueta incrustada sobrevive al reenvío.
2. **Repítelo en el texto alternativo**, por ejemplo, `alt="AI-generated image: a woman in a rain jacket on a ferry"` (en un email en español: “Imagen generada con IA: una mujer con chubasquero en un ferri”). Los lectores de pantalla leen el texto alternativo, no los iconos.
3. **Añade un pie de foto a las imágenes que llevan la oferta**, con algo como “Imagen creada con IA”. Los pies de foto se ven incluso con las imágenes bloqueadas.

Si un texto con IA entra en el ámbito de aplicación y nadie lo ha revisado, pon un aviso visible al principio del email, no solo en el pie de página.

## Dos normas relacionadas que conviene conocer

**Agentes de IA que conversan por email.** El artículo 50, apartado 1, obliga a los proveedores a informar de que hay una interacción con una IA, lo que requiere “un intercambio bidireccional de información”. Según nuestra interpretación, una newsletter no está cubierta, pero un agente de IA que contesta las respuestas sí, y el ejemplo de las directrices es un email de un agente de IA “que lleva una etiqueta de IA en la parte superior”.

**Multas.** Según el [artículo 99, apartado 4](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=OJ:L_202401689), el incumplimiento de “las obligaciones de transparencia de los proveedores y responsables del despliegue con arreglo al artículo 50” conlleva multas “de hasta 15 000 000 EUR o, si el infractor es una empresa, de hasta el 3 % de su volumen de negocios mundial total correspondiente al ejercicio financiero anterior, si esta cuantía fuese superior”. Para las pymes, incluidas las empresas emergentes, la cuantía que sea menor. Los Estados miembros fijan sus propias sanciones dentro de esos límites.

## Un árbol de decisión para cada recurso con IA de un email

![Árbol de decisión del artículo 50 del Reglamento de IA de la UE aplicado al email: las imágenes, el audio y el video pasan por el criterio de la ultrasuplantación, y el texto pasa por el criterio del interés público y después por la excepción por revisión humana, hasta terminar en etiqueta o sin etiqueta.](/images/blog/eu-ai-act-article-50-email-marketing-decision-tree.png)

*Pasa por aquí cada recurso hecho con IA antes de programar el envío. Los textos y las imágenes siguen caminos distintos.*

Después, conviértelo en rutina. Etiqueta las imágenes con IA al crearlas como generadas, editadas con IA o sin retocar, y añade una comprobación de ultrasuplantaciones al control de calidad previo al envío. En los emails informativos, designa a alguien responsable de la edición que dé la última aprobación. Pregunta a tus proveedores de IA si sus resultados llevan un marcado legible por máquina y si se acogen a la transición del 2 de diciembre, como recomienda Morgan Lewis.

## Cómo hacerlo en Brew

La IA de Brew escribe textos, diseña emails y genera y edita imágenes, así que, en los emails que crees con ella, el responsable del despliegue eres tú. Hay tres cosas que ayudan.

- **Los envíos esperan a una persona.** El agente redacta con libertad, pero el envío de una campaña, una prueba a cualquiera que no seas tú o el lanzamiento de una audiencia esperan en una tarjeta de aprobación (Approve) que solo puede responder quien hizo la petición. Por MCP, en las conexiones OAuth y de organización, `send_email` devuelve primero `confirmation_required`. Las conexiones con una clave de API de marca se saltan esa pausa, según la [documentación de autenticación](https://docs.brew.new/api-reference/mcp/authentication-and-scoping). El clic solo cuenta como revisión humana si quien aprueba lee el email y verifica los datos.
- **Las imágenes con IA son fáciles de encontrar.** La [página Recursos](https://docs.brew.new/brand/assets) muestra las imágenes creadas con Brew en Generadas. Las fotos de marca editadas con IA que se guardan como imágenes nuevas van a Imágenes de la marca, así que etiquétalas tú.
- **Puedes alejar tus imágenes de las ultrasuplantaciones.** `image-style.md` es la dirección de arte que Brew lee antes de crear cualquier imagen. Para no tener que poner etiquetas, añade a su lista de cosas que evitar una línea como “sin personas fotorrealistas; usa ilustraciones o fotos reales del producto”. [email-design.md](/es/blog/email-design-md) explica los archivos de marca.

Las etiquetas y el icono de la UE son un paso manual, y la auditoría de email no detecta ultrasuplantaciones, así que aplica los pasos de etiquetado anteriores.

## Preguntas frecuentes

### ¿Tengo que etiquetar en la UE los emails de marketing generados con IA?

Normalmente no por el texto. Los textos publicitarios y las descripciones de producto quedan fuera de la norma sobre textos, salvo que hagan afirmaciones sobre salud, seguridad de los consumidores o sostenibilidad. Las imágenes con IA que podrían pasar por fotos reales de personas, lugares o productos son ultrasuplantaciones y necesitan una etiqueta visible.

### ¿El Ómnibus Digital retrasó las normas de transparencia del Reglamento de IA?

Solo en parte. El Reglamento (UE) 2026/1744 dio a los proveedores de sistemas de IA generativa comercializados antes del 2 de agosto de 2026 un plazo hasta el 2 de diciembre de 2026 para el marcado legible por máquina. Las obligaciones de los responsables del despliegue, incluido el etiquetado de las ultrasuplantaciones y de los textos con IA incluidos en el ámbito de aplicación, se aplican desde el 2 de agosto de 2026.

### ¿Es una ultrasuplantación una imagen con IA de una persona que no existe?

Puede serlo. “Reales” abarca sujetos que “podrían existir de forma verosímil o podrían haber existido de forma verosímil”, así que una persona inventada y fotorrealista cuenta si tu audiencia podría tomarla por una foto real. Una ilustración claramente estilizada o fantástica, no.

### ¿Qué cuenta como revisión humana en las newsletters escritas con IA?

Que una persona con conocimientos pertinentes examine el fondo del contenido; verificar los datos es lo mínimo. Una corrección ortográfica o una aprobación rápida no cuentan, y cualquier edición sustancial con IA posterior a la aprobación anula la excepción. Una persona identificada o la empresa deben asumir la responsabilidad editorial, con unos datos de contacto fáciles de encontrar.

Para otros cambios normativos de este año, consulta [el State of Email de septiembre](/es/blog/state-of-email-september-2026). Para escribir textos que se puedan revisar rápido, consulta [cómo escribir emails de marketing](/es/blog/how-to-write-marketing-emails).
